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Formación Bonificada para empresas

Servicios a empresas

La formación de los trabajadores, repercute directamente en la mejora de la productividad y competitividad de las empresas, favoreciendo el progreso y la adaptación a los nuevos sistemas de producción y las nuevas tecnologías. La Formación de Demanda Bonificada permite deducir los importes de la formación de los trabajadores mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

La financiación

El subsistema de formación profesional para el empleo se financiará, de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, con los fondos provenientes de la cuota de formación profesional que aportan las empresas y los trabajadores, con las ayudas procedentes del Fondo Social Europeo y con las aportaciones específicas establecidas en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.

Las empresas

Disponen de un crédito que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada dicha formación. La cuantía de dicho crédito se fijará teniendo en cuenta el importe ingresado por las empresas en concepto de formación profesional duranteel ejercicio anterior, mediante la aplicación a dicho importe de un porcentaje de bonificaciones, que se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio y que será inversamente proporcional al tamaño de las empresas.

Servicios a empresas

Fuerteventura 2000 gestiona su crédito de formación

  1. Le calculamos la cuota de formación que le pertenece a su empresa (Si no la utiliza, la pierde).
  2. Usted elige los cursos que quiere que realice sus trabajadores
  3. Nosotros le gestionamos toda la documentación necesaria
  4. Los trabajadores realizan los cursos con plenas garantía de calidad.
  5. Su empresa paga la factura correspondiente al importe del curso.
  6. Su empresa deduce, de la cantidad a pagar en los TCs, la bonificación que corresponda.

Requisitos

  • Por parte de las empresas
    • Estar al corriente en los pagos de la Seguridad Social y Hacienda.
    • Firmar el Anexo de adhesión
    • Comunicar al menos con 16 días de antelación al inicio del curso.
  • Por parte de los alumnos
    • Ser trabajador acogido al Régimen General de la Seguridad Social.
    • Cumplimentar una ficha de inscripción
    • Asistir, como mínimo, al 75% de las clases.

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